Wednesday, June 07, 2006

ARTÍCULO 7

Los cargos que componen la Junta Directiva se designarán y revocarán por la Asamblea General Extraordinaria y su mandato tendrá una duración de 2 años, aunque puedan ser objeto de reelección indefinidamente. La Asamblea General Extraordinaria deberá ser convocada por la Junta saliente con un mínimo de 15 días de anticipación. La convocatoria deberá tener lugar antes de que el periodo de dos años finalice.

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